A- de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Gonzalo Garzon Cardenas·Demandado Ministerio De Transporte Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Fusagasugá con sede en Soacha.
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron los despachos involucrados del factor territorial.
La Corte considera que la autoridad que debe conocer el asunto es el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Fusagasugá con sede en Soacha, a quien dispone enviar el expediente para que de manera inmediata tramite el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de junio de 2018 proferido por el Juzgado de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Fusagasuga con sede en Soacha (Cundinamarca) mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela presentada por Gonzalo Garzon Cardenas contra el Ministerio de Transporte, el Consorcio de Registro Unico Nacional de Transito y la Secretaria de Transito y Transporte de Sibate (Cundinamarca).
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3355 al Juzgado de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Fusagasuga con sede en Soacha (Cundinamarca) que contiene la accion de tutela presentada por el senor Gonzalo Garzon Cardenas, para que, de manera inmediata, tramite el amparo solicitado.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.